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Los Gobiernos de Colombia y Perú informan a los usuarios de comercio exterior que ha concluido satisfactoriamente el período de pruebas en producción controlada del intercambio de Certificados de Origen Digitales (COD) entre ambos países, desarrollado conforme a la Resolución 2457 de 2024 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), relacionada con el intercambio de certificados de origen entre los Países Miembros.

El período de pruebas, iniciado el 11 de febrero de 2026, permitió verificar el adecuado funcionamiento de los procesos de emisión, transmisión, recepción y validación de los certificados de origen digitales, así como la atención de eventuales incidencias técnicas.

Modalidades de emisión
Colombia: Operará principalmente mediante la emisión digital de los certificados de origen. La emisión en formato físico firmado y sellado se empleará únicamente en casos de contingencia debidamente justificados ante la autoridad competente.
Perú: Mantendrá un esquema mixto que combina la emisión digital y la emisión física firmada y sellada, considerando que algunos operadores aún se encuentran en proceso de digitalización.

Criterios para la calificación de origen
Las declaraciones juramentadas que respalden los certificados de origen en el marco del Acuerdo de la CAN y cuyo destino sea Perú, deberán ser calificadas en el Servicio Informático de Certificados de Origen bajo el esquema 55, seleccionando la norma de origen aplicable a las mercancías objeto de exportación.

Inicio de operación plena
A partir del lunes 9 de marzo de 2026, entrará en operación plena el intercambio digital de certificados de origen entre Colombia y Perú, contribuyendo al fortalecimiento de la facilitación del comercio y a la modernización de los procedimientos de certificación de origen en el comercio intracomunitario

En cumplimiento de la Resolución No. 2455 de 2024 de la Comunidad Andina (CAN), que adopta un nuevo formulario del Certificado de Origen para el comercio intracomunitario, los gobiernos de las Repúblicas de Colombia y del Ecuador han acordado la implementación de dicho formato a partir del 30 de abril de 2025.

Este avance se enmarca en el proceso de modernización y digitalización del comercio en la región andina, el cual ya había comenzado con el intercambio de Certificados de Origen Digitales (COD) entre Colombia y el Estado Plurinacional de Bolivia. En esta nueva etapa, se incorpora Ecuador al sistema, permitiendo así una mayor eficiencia y trazabilidad en las operaciones comerciales.

Implementación en Colombia
A partir de éste 30 de abril, Colombia emite Certificados de Origen en el nuevo formato (Código 295) en versión digital, a través del sistema informático de origen, para las exportaciones dirigidas a Ecuador. Este proceso se realizará bajo las mismas condiciones vigentes, cumpliendo con las Normas de Origen y los Criterios de Calificación de las Mercancías establecidos en la Decisión 416 de 1997.

Con la adopción del nuevo formato, las declaraciones juramentadas realizadas bajo los esquemas actuales tendrán validez hasta el 29 de abril de 2025. A partir del 30 de abril, los productores y exportadores deberán emitir sus declaraciones utilizando el nuevo formato (Código 295) para aquellas mercancías destinadas a Ecuador, que deseen acogerse al trato preferencial establecido en el acuerdo de la CAN, seleccionando en el sistema informático el esquema 55.

Una vez aprobado el COD, estarán disponibles para consulta del exportador los siguientes archivos:

XML: corresponde al certificado de origen digital, el cual debe ser enviado al importador para continuar con el trámite en destino.

PDF: documento referencial, sin valor probatorio, ya que carece de firma y sello de un funcionario autorizado.

Implementación en Ecuador
Por su parte, Ecuador emitirá temporalmente, a partir del 30 de abril de 2025, los Certificados de Origen en formato físico con firmas y sellos manuscritos, mientras concluyen los desarrollos informáticos que le permitirán integrarse a la plataforma INTERCOM y realizar el intercambio digital de CODs. Según lo informado por el gobierno ecuatoriano, se proyecta que dicha integración entre en fase de producción controlada el 15 de julio del presente año.

Cabe destacar que Colombia aceptará certificados de origen digitales emitidos por las autoridades competentes de Ecuador en el formato anterior, siempre que tengan fecha de expedición hasta el 29 de abril de 2025.

Intercambio con Perú
En cuanto al intercambio digital de Certificados de Origen en el nuevo formato entre las Repúblicas de Colombia y del Perú, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informará oportunamente sobre las condiciones y términos que se establezcan entre ambos gobiernos.

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