Los Contadores Públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable a los cuales se les hubiere expedido la tarjeta profesional o tarjeta de registro según sea el caso, deberán actualizar sus datos registrados ante la Junta Central de Contadores, JCC, de forma anual y antes del 1 de marzo de cada año.
Así lo estableció la Resolución N° 973 de 2015, que reglamenta la inscripción en el registro profesional y la expedición de la tarjeta profesional de Contador Público y la tarjeta de registro de las Entidades que presten servicios propios de la Ciencia Contable.
Si es persona natural, actualice sus datos haciendo clic aquí.
Si es persona jurídica, actualice los datos haciendo clic aquí.
Lo último de Richard santa
- Gobernadores no acatarán decreto de emergencia económica, interpondrán acciones jurídicas
- Concepto 331, Reconocimiento de rendimientos financieros del fondo de imprevistos
- Resolución 001, Valores de Trámites y Servicios JCC para la Vigencia 2026
- Concepto 324, Tratamiento contable cuotas extraordinarias PH
- Consejo de Estado: Reconocimiento pensión de sobrevivientes. Padres de crianza