Prestadores de servicios de alojamiento turístico deben implementar el TRA
Richard santaEl Ministerio de Comercio, Industria y Turismo informó que los prestadores de servicios de alojamiento turístico deben implementar la Tarjeta de Registro de Alojamiento (TRA), sistema dispuesto por este Ministerio para llevar el registro de los huéspedes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 2068 de 2020.
Para el caso de los prestadores de servicios de alojamiento turístico que cuentan con software de alojamiento para el registro de sus huéspedes, deben implementar en su totalidad la TRA antes del 24 de noviembre de 2022.
Para los prestadores que no tienen dicho software, el plazo para implementar la TRA irá hasta el próximo 24 de febrero de 2023.
“Para la implementación de la Tarjeta de Registro de Alojamiento, los prestadores del servicio deben contar con el número activo del Registro Nacional de Turismo (RNT) y tener acceso a la cuenta de correo electrónico reportada en el mismo”, señaló el viceministro de Turismo, Arturo Bravo.
Es importante resaltar que este es un requisito obligatorio para los establecimientos de alojamiento turístico, viviendas turísticas y otros tipos de hospedajes turísticos.
La información para realizar la implementación de la TRA se encuentra aquí.
Lo último de Richard santa
- Ahorros que logran las empresas que disminuyen su huella de carbono e impacto ambiental
- Resolución 8475, la firma mecánica para la suscripción de los documentos del RUP
- Ley 2514, alivio a obligaciones financieras de pequeños y medianos productores agropecuarios
- ¿Qué hacer si es reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado?
- Gobierno radicó proyecto de ley de presupuesto general para 2026