Por medio del Concepto 075 del 12 de mayo de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública respondió a una consulta sobre el Pasivo – Dar de baja cuentas por pagar.

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El Ministerio de Trabajo emitió el Decreto 0514 del 9 de mayo de 2025, "Por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones".

Para conocer el Decreto 514, haga clic aquí.

Desde el lunes 12 de mayo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha recibido 137.088 declaraciones correspondientes a impuestos como IVA, Retención en la Fuente y Renta personas jurídicas, así lo informó la entidad al señalar que, pese a la congestión en sus servidores informáticos, la plataforma ha permanecido operativa.

Debido a la alta congestión en los sistemas tributarios y aduaneros se han registrado dificultades o demoras en trámites asociados a declaraciones, pagos y firmas, entre otros servicios; sin embargo, la DIAN adelanta labores ininterrumpidas para mejorar el desempeño de los sistemas informáticos y evitar futuros inconvenientes que puedan afectar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

De las 137.088 declaraciones recibidas, el 36.88% corresponde al formulario 110, para el impuesto de Renta y Complementario para personas jurídicas y asimiladas; el 30.47% al formulario 300, para declaración de Impuesto sobre las Ventas; y el 27.19% al formulario 350, para declaración de retenciones en la fuente.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa que, de conformidad con la certificación emitida por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, se declara la contingencia por indisponibilidad de los servicios de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario y el artículo 27 del Decreto 1165 de 2019, reglamentado por el artículo 2 de la Resolución 46 de 2019, debido a incidentes técnicos de los sistemas de información.

Esta decisión se tomó teniendo en cuenta que estas incidencias impiden a algunos contribuyentes con vencimientos a partir de la fecha, presentar sus declaraciones y, o cumplir con el envió de información exógena tributaria, así como a algunos usuarios aduaneros, adelantar sus trámites respecto a las operaciones de comercio exterior.

La medida aplica, tanto para los contribuyentes obligados a presentar declaraciones cuyo último dígito del NIT termine en dos (2) y siguientes; para los obligados a presentar información exógena tributaria desde el 13 de mayo de 2025, así como para los usuarios aduaneros que experimenten dificultades para realizar sus trámites.

En consecuencia, los contribuyentes podrán presentar las declaraciones tributarias, efectuar sus correspondientes pagos y reportar la información exógena tributaria a más tardar al día siguiente a aquel en que se informe que el servicio digital se encuentra estable para la presentación de las declaraciones y para el envío de la información exógena tributaria, lo cual se comunicará oportunamente en el portal web de la entidad.

La anterior disposición, también aplica para los contribuyentes obligados a presentar declaraciones e informantes de exógena tributaria que el día 12 de mayo de 2025, no pudieron cumplir con su obligación.

En cuanto a los usuarios aduaneros, estos deben dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución 46 de 2019; para el efecto, entre otros, al momento de realizar los trámites aduaneros deben reportar el hecho a través de los canales institucionales, anexando las imágenes de las pantallas que demuestren el error en el sistema, así como la explicación del problema, y solicitar a las direcciones seccionales competentes, la autorización de trámites manuales, para atender los posibles procesos de contingencia. Una vez se levante la contingencia, se comunicará oportunamente en el portal web de la entidad.

Por medio del Concepto 092 del 5 de mayo de 2025, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, dio trámite a una consulta elevada a la entidad sobre el PPyE – Reconocimiento contable.

Para conocer el Concepto 092, haga clic aquí.

El Concepto 092 del 5 de mayo de 2025, emitido por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, da respuesta a una consulta sobre el tratamiento contable del Pago Global Prospectivo (PGP).

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En el marco de la XXVII Conferencia Regional de directores generales de Aduanas de las Américas y el Caribe, celebrada en El Salvador, Colombia reafirmó su compromiso con la integración y la seguridad regional mediante la firma de importantes acuerdos en materia aduanera.

Uno de los logros más significativos fue la suscripción del Acuerdo de Reconoci,miento Mutuo entre los bloques de la Alianza del Pacífico y MERCOSUR, un paso estratégico que optimiza la cooperación entre las aduanas de la región y amplía los beneficios para las empresas certificadas como OEA. Este acuerdo permitirá reducir tiempos y costos en procesos aduaneros, mitigar riesgos logísticos y aumentar la competitividad de más de 570 empresas colombianas.

Además, se firmó un Plan de Acción Conjunto con la Aduana de El Salvador, como punto de partida para avanzar hacia la adhesión de ese país al Acuerdo Multilateral Regional de Reconocimiento Mutuo OEA, del cual Colombia ya es parte. Este plan buscará establecer la compatibilidad de los programas y definir su viabilidad.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 073 del 5 de mayo de 2025, por el cual responde a una consulta sobre el Reconocimiento de ingresos – Gremio sin ánimo de lucro.

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El Ministerio del Interior emitió el Decreto 0482 del 1 de mayo de 2025, "Por el cual se establece el régimen transitorio, se dictan normas fiscales y demás necesarias y se imparten instrucciones a las entidades del Gobierno Nacional para la puesta en funcionamiento, con fines político-administrativos del territorio indígena de la Zona Norte Extrema de la Alta Guajira (Wuinpumüin)".

Para conocer el Decreto 482, haga clic aquí.

Por medio del Decreto 0488 del 5 de mayo de 2025, el Ministerio del Interior dicta las normas fiscales necesarias y las demás relativas al funcionamiento de los territorios indígenas y su coordinación con las demás entidades territoriales.

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