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Ante la persistencia de los actos bélicos en contra del pueblo palestino, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo oficializó la entrada en vigor del Decreto 0949 del 28 de agosto de 2025, normativa que modificó el Decreto 1047 de 2024 para establecer una prohibición estricta y sin excepciones a las exportaciones de carbón a Israel.

La medida, firmada por la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, junto a la canciller, Rosa Yolanda Villavicencio; el ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas, y el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma Egea, refuerza la política del presidente Gustavo Petro basada en el respeto a los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

El decreto establece que desde el 18 de marzo de este año Israel aumentó su ofensiva bélica contra el pueblo palestino, generando un nuevo escalamiento del conflicto. “Como resultado, en el periodo comprendido entre el 18 de marzo y el 17 de junio de 2025, se ha reportado que 680.000 palestinos han sido desplazados, 5.334 palestinos han sido asesinados y 17.839 han sido heridos como consecuencia de la ofensiva bélica adelantada por Israel. Entre el 7 de octubre de 2023 y el 18 de junio de 2025, al menos 55.637 palestinos han sido asesinados y 129.880 heridos por las acciones de Israel. Adicionalmente, se ha reportado un crecimiento en el número de personas asesinadas y heridas cuando intentan acceder a los suministros humanitarios de comida y otros bienes esenciales”, señala el decreto.

El Gobierno del Cambio considera que esta restricción contribuye a prevenir el genocidio del pueblo palestino y evita que los recursos naturales de Colombia aporten a la máquina de guerra del Estado de Israel.

Previo a la expedición de este nuevo decreto, el proyecto fue publicado y puesto a consideración de la opinión pública y de los grupos de interés entre el 28 de julio y el 15 de agosto. En este tiempo se recibieron las observaciones que se tuvieron en cuenta para la implementación de la norma.

El decreto estipula que la prohibición estará vigente hasta que se cumplan las órdenes de medidas provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia o hasta que desaparezcan las condiciones que motivaron la medida.

Fundamentos de la decisión
El decreto se sustenta en tres pilares esenciales:
1. Respeto a las normas imperativas del derecho internacional: las operaciones militares en Gaza han sido señaladas como una "grave transgresión" a normas imperativas como la obligación de prevenir y sancionar el genocidio, la prohibición del uso de la fuerza y las normas del Derecho Internacional Humanitario. Colombia, como firmante de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, reafirma su compromiso de cooperar para poner fin a estas graves violaciones.

2. Protección de los derechos humanos y de la población civil: el decreto busca proteger la vida y la dignidad humana, la primacía de los derechos de la persona y, de manera especial, los derechos de los niños, niñas y adolescentes, los cuales prevalecen sobre los derechos de los demás.

3. Coherencia como actor internacional: Colombia, al ser elegida como miembro del Consejo de Derechos Humanos de la ONU para el periodo 2025-2027, asumió la responsabilidad de actuar de forma coherente con los principios internacionales y de fortalecer el sistema multilateral de derechos humanos. Por ello, el país adopta medidas para evitar que las exportaciones de carbón sean utilizadas en cadenas de suministro que puedan contribuir a la consecución de un genocidio.

Como manifestó la ministra Diana Marcela Morales Rojas: “Esta decisión responde a un análisis exhaustivo y a la necesidad de evitar que el carbón colombiano contribuya a las actividades militares de Israel que, de acuerdo con organismos internacionales y como lo ha explicado el presidente Petro, vulneran principios y derechos fundamentales en la Franja de Gaza”.

Mecanismos que respaldan la medida
El Gobierno del Cambio ampara la decisión a través de convenios internacionales adoptados por Colombia, en normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en mecanismos que permite el Acuerdo Comercial entre Colombia e Israel.

Así, en 1945 Colombia aprobó la Carta de las Naciones Unidas en la que se defienden medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y además aprobó la Convención para la Prevención y la Sanción del delito de genocidio.

Por otro lado, la OMC permite a sus miembros adoptar medidas que i) garanticen el concepto de moral púbica en un ámbito internacional. En este sentido la República de Colombia considera que el genocidio en contra del pueblo palestino es un crimen de lesa humanidad, que desconoce su estándar internacional de moral pública, así como ii) medidas en tiempos de guerra o de grave tensión internacional. Para Colombia, la situación en la Franja de Gaza amerita implementar medidas de ese tipo, como una forma de prevenir actos de genocidio.

Adicionalmente, desde octubre del 2024, y por primera vez, Colombia es miembro del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, elección que no solo le otorga al país voz y voto en las decisiones clave sobre la protección y promoción de los derechos humanos a nivel global, sino que también “conlleva el compromiso de actuar de manera coherente con los principios y obligaciones internacionales en la materia, y de contribuir activamente al fortalecimiento del sistema multilateral de derechos humanos”.

Dado lo anterior, y que para Colombia las acciones de Israel son actos de genocidio y van en contra de normas internacionales que precisamente buscan prevenirlo, se restringen las exportaciones de carbón.

En cumplimiento del artículo 4.5.4, sobre eliminación de documentos, del Acuerdo 001 del 29 de febrero de 2024 del Archivo General de la Nación (AGN), la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publica durante sesenta (60) días hábiles los inventarios de documentos físicos que han cumplido su tiempo de retención, de acuerdo con las Tablas de Retención Documental (TRD), y que, en consecuencia, pueden ser eliminados. Estos inventarios corresponden a 38 direcciones seccionales.

Los ciudadanos pueden enviar sus observaciones sobre el proceso de eliminación de documentos que han cumplido con su tiempo de retención, han perdido su valor administrativo, legal o fiscal, y no poseen valor histórico, de acuerdo con las TRD.

Durante el periodo de publicación, la ciudadanía puede remitir sus comentarios al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando la siguiente información:

- Serie y subserie.
- Motivo de la observación (por qué considera que esa serie y subserie no deben eliminarse).

Una vez culmine el término de publicación, y con las observaciones recibidas, la DIAN contará con treinta (30) días hábiles para solicitar al Archivo General de la Nación que emita concepto técnico, para lo cual el AGN contará con sesenta (60) días hábiles a partir de la radicación.

El Archivo General de la Nación, con fundamento en lo requerido por los ciudadanos, podrá solicitar a la DIAN suspender el proceso de eliminación, ampliar el plazo de retención de los documentos de archivo y, de ser el caso, modificar su disposición final. Todo lo anterior se hará público en el sitio web de la entidad.

Consulte los inventarios disponibles para eliminación en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/Paginas/Inventarios-documentales.aspx

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa a la ciudadanía que se ha detectado una modalidad de estafa digital mediante el uso de sitios web falsos que suplantan la identidad institucional, como el portal www.diancolombia.co, el cual no pertenece ni está vinculado de ninguna manera con la DIAN.

Recientemente, un ciudadano denunció haber sido víctima de fraude a través de dicha página falsa, tras realizar consignaciones por más de $12.000.000 a personas que se hacían pasar por funcionarios de la DIAN, ofreciendo vehículos en supuestos remates judiciales. Los estafadores utilizaron nombres, cédulas, correos electrónicos y números de celular falsos para dar apariencia de legalidad a la operación.

Reiteramos que la DIAN no realiza ventas de vehículos, remates judiciales, ni subastas a través de plataformas externas o redes sociales.

Una vez conocida la situación y de acuerdo con los procedimientos establecidos para la atención de este tipo de incidentes, la DIAN procedió a realizar el reporte a las entidades estatales de ciberseguridad nacional para el bloqueo de este portal falso.

Recomendaciones de seguridad para evitar ser víctima de fraude:

- Verifique siempre la dirección web oficial: La página oficial de la DIAN es www.dian.gov.co. No confíe en sitios con nombres similares o terminaciones diferentes (.com, etc.).

- No realice pagos ni consignaciones sin verificar la autenticidad de la oferta y la identidad del funcionario. La DIAN no solicita pagos por WhatsApp, ni a través de enlaces enviados por correos electrónicos u otros medios informales.

- Desconfíe de ofertas demasiado atractivas o urgentes. Los estafadores suelen presionar para que la víctima del fraude actúe rápidamente.

- Evite compartir información personal o financiera por teléfono, correo electrónico o redes sociales.

El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino y los viceministros de Empleo y Pensiones, Iván Daniel Jaramillo y de Relaciones Laborales encargada, Sandra Muñoz, presidieron la sesión de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, que tuvo lugar este martes y desde donde se hizo la invitación a valorar los puntos que unen el debate sobre los derechos de las y los trabajadores en Colombia.

Al encuentro asistieron representantes de la Andi, Fenalco, Acopi, Sac, Asobancaria y OIT, de las centrales sindicales CUT, CGT, CTC, CPC, CDP; así como de los Ministerios de Hacienda, Agricultura, de Comercio Industria y Turismo, DNP y los directores de Derechos Fundamentales del Ministerio del Trabajo, Yomar Andrés Benítez y de cooperación Internacional, Diego Hernán Garzón.

El titular de la cartera laboral, quien estuvo complacido con reactivar esta instancia tripartita e instrumento de concertación, señaló: “a este encuentro hay que darle un sentido de discusión real de política pública, debemos implementar desde el diálogo tripartito la reforma laboral de manera concertada y amplia”.

“El mensaje del presidente de la República, Gustavo Petro, es dialogar desde el respeto, con la legitimidad del gobierno y valorar los puntos que unen el debate sobre los derechos de las y los trabajadores en Colombia”, agregó.

La Secretaría Técnica de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, está en la Dirección de Derechos Fundamentales, bajo el liderazgo de Yomar Benítez, quien socializó que entre los temas tratados estuvieron: los avances de discusión en mesas técnicas de la reglamentación de la reforma laboral, Ley 2466 de 2024; se recibieron opiniones de los gremios y de las centrales sindicales sobre el decreto de negociación colectiva, multinivel, iniciativa del gobierno para garantizar reglas de juego claras en la negociación colectiva.

De otra parte, se planteó ahondar este tema en una subcomisión, para discutir técnicamente los alcances jurídicos del decreto borrador que está publicado en la página del Ministerio del Trabajo para recomendaciones y observaciones de la ciudadanía.

Adicionalmente se aprobó que la OIT emita un concepto técnico sobre el mencionado proyecto de decreto de negociación colectiva.

La Secretaría Distrital de Hacienda informa a la ciudadanía y a los contribuyentes obligados al reporte de información exógena que, a partir del 1 de septiembre de 2025, estará disponible la nueva Plataforma de Información Digital Online (PIDO), un sistema moderno y seguro diseñado para facilitar el cargue, la validación y el envío de la información requerida.

La entrega de datos se realizará únicamente a través de PIDO, lo que permitirá verificar en tiempo real que la información reportada sea completa y de calidad. Los usuarios podrán preparar la información en una hoja de cálculo o en un archivo plano, procesarla en línea, enviarla con extensión .STR y obtener de inmediato la certificación de su reporte.

Fechas de entrega según el último dígito del NIT o documento de identificación

Último dígito de identificación Fecha de entrega de la información
0 27 de octubre de 2025
1 28 de octubre de 2025
2 29 de octubre de 2025
3 30 de octubre de 2025
4 31 de octubre de 2025
5 4 de noviembre de 2025
6 5 de noviembre de 2025
7 6 de noviembre de 2025
8 7 de noviembre de 2025
9 10 de noviembre de 2025

La información deberá ser reportada dentro de estas fechas, de acuerdo con la Resolución DDI-015997 del 25 de agosto de 2025 emitida por la Dirección de Impuestos de Bogotá. El incumplimiento o la entrega extemporánea puede generar sanciones previstas en la normativa vigente.

Mediante la contratación de 561 Equipos de Cuidado Integral en Salud ECIS, con una inversión de $129.529 millones que beneficiará a más de 330.000 docentes, se consolidará el componente de Seguridad y Salud en el Trabajo dentro del modelo de Atención Primaria en Salud, APS.

Así lo anunció el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, durante el conversatorio ´Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Magisterio, un modelo de atención primaria en salud´, que contó con la participación del director Regional de la OIT para los países Andinos, Ítalo Cardona; el presidente de la ARL Positiva, José Luis Correa; la presidenta de la Fiduprevisora, Magda Giraldo; el vicepresidente de la Fiduprevisora, Fomag, Aldo Cadena; el director Nacional de SST Fiduprevisora-Fomag, Jorge Bernal y el presidente de Fecode, Domingo Ayala.

Los 561 equipos estarán integrados por más de 2 mil personas entre auxiliares de enfermería, tecnólogos, profesionales y especialistas en Seguridad y Salud en el Trabajo SST, con formación y competencias en la prevención de los riesgos laborales, los cuales operarán a través de 70 IPS públicas como privadas en todo el país.

Con esta decisión, dijo el ministro Sanguino Páez, “el gobierno reafirma su compromiso con un modelo de salud centrado en la prevención de los riesgos laborales, el mejoramiento de las condiciones de trabajo; y en especial, la protección de la salud mental de los docentes en el país. Los ECIS laborales estarán enfocados en detectar y gestionar los riesgos en sus entornos, promoviendo ambientes seguros y saludables”.

Con los Equipos para el Cuidado Integral de la Salud en el ámbito laboral, ECIS-L, se llegará a los 7.840 establecimientos educativos y sus 39.886 sedes, y se garantizará el desarrollo de actividades de promoción de la salud y prevención de riesgos.

La coordinación de la operación de las ECIS se hará en el marco de las mesas técnicas departamentales de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la que confluyen representantes de las Unidades de Gestión Departamental de la Fiduprevisora, los sindicatos y las Secretarías de Educación en el territorio.

Al finalizar el titular de la cartera laboral señaló: “En este gobierno con dignidad cumplimos. Esta es una estrategia ambiciosa, de mucho esfuerzo, compromiso y audaz”.

Enfermedades más comunes
Entre las patologías más frecuentes en el magisterio están: la ansiedad, la depresión, el síndrome del túnel del carpo y los trastornos de la voz, que afectan la calidad de vida de los docentes y son la principal causa de pensión por invalidez. Esto genera un alto número de incapacidades médicas, unidas al impacto que la situación tiene en la garantía del derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes.

La Secretaría de Hacienda contactará a más de 4.000 contribuyentes morosos de la retención en la fuente del impuesto de Industria y Comercio (ReteICA), con deudas correspondientes a los años 2017 a 2024, con el fin de que se pongan al día con sus obligaciones tributarias en Bogotá. 

Estas deudas ascienden a $36.327 millones, recursos que la ciudad busca recuperar para seguir fortaleciendo el presupuesto de inversión pública y garantizar más obras y servicios para la ciudadanía.

Consecuencias del incumplimiento
El incumplimiento en el pago del ReteICA dentro de los plazos legales puede tener implicaciones penales. El artículo 402 del Código Penal establece como delito la omisión del deber de agente retenedor o recaudador.

Para la entidad es fundamental evitar que el proceso de cobro avance y escale a instancias más complejas, como sanciones penales, embargo de cuentas y bienes, e incluso el posterior secuestro y remate de estos, con un límite de la medida cautelar de hasta el doble del valor de la deuda.

Acuerdos de pago 
Los contribuyentes interesados en suscribir acuerdos de pago podrán hacerlo con un abono inicial del 10 % del total de la deuda.

Tenga en cuenta: En ningún caso se solicitará el envío de dinero a cuentas bancarias ni a aplicaciones externas. 

El sistema financiero colombiano todavía no es inclusivo porque no llega a toda la población, razón por la cual las finanzas abiertas son fundamentales para facilitar el ingreso de más usuarios, dijo el Superintendente Financiero, profesor César Ferrari.

Durante su participación en la Cumbre de Desarrollo Pyme 2025, organizada por la caja de compensación familiar Cafam, el profesor Ferrari también se refirió a los sistemas de pagos inmediatos de bajo valor y dijo que estos representan un gran avance con transacciones más rápidas y en tiempo real, facilitando las operaciones de clientes y usuarios del sistema.

Señaló, que una mayor competencia y el uso de los avances tecnológicos fomentarán el crecimiento del sector financiero, ya que en la actualidad es muy pequeño y poco profundo.

En este sentido explicó cómo las Fintech cubren segmentos poblacionales a los que la banca tradicional no llega, generando mayor inclusión con productos de ahorro, inversión y crédito.

“Las Fintech no llevan muchos años en el mercado financiero, pero están generando propuestas de valor interesantes con ofertas de acceso digital, pero los bancos no se han quedado atrás en esos avances tecnológicos”, indicó Ferrari.

En su concepto, las Fintech requieren más capital para acelerar su expansión y llegar a nichos del mercado que no son atendidos por los establecimientos financieros tradicionales.

El Superintendente insistió en la necesidad de implementar el modelo de finanzas abiertas para facilitar el acceso a través de la simetría de la información, tanto de las entidades financieras como de los usuarios, lo que permitirá tomar decisiones sobre las opciones de ahorro, inversión y financiación existentes en el mercado. “Si hay simetría de información, la competencia se da en todos los campos y esto es bueno porque fomenta el crédito a mejores tasas de interés”, concluyó el profesor Ferrari.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo informa a la ciudadanía que personas ajenas a la entidad están cometiendo actos fraudulentos mediante la suplantación de funcionarios públicos y el uso indebido de símbolos institucionales, con el propósito de ofrecer falsos contratos a cambio de pagos.

Se han detectado casos, que ya están sujetos a denuncia, en los que los estafadores utilizan nombres, logotipos, emblemas y documentos falsificados con apariencia oficial, con el fin de engañar a ciudadanos y empresas, simulando procesos contractuales inexistentes para obtener presuntamente beneficios económicos de manera ilícita.

El Ministerio hace énfasis en que ningún proceso de contratación legítimo exige pagos, depósitos, anticipos ni contraprestaciones económicas por parte de los ciudadanos o proveedores. Todos los procedimientos contractuales se desarrollan conforme al Estatuto General de Contratación Pública, guiados por los principios de transparencia, legalidad, igualdad, publicidad, economía y responsabilidad.

Los únicos canales oficiales para participar en procesos de contratación del Ministerio son:
- La plataforma SECOP (Sistema Electrónico para la Contratación Pública)
- Los medios institucionales establecidos en el Manual de Contratación del MinCIT
- El sitio web oficial: www.mincit.gov.co o entidades adscritas o vinculadas
- Nuestras oficinas y líneas de atención al ciudadano 601 606 7676 (lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.)

Cualquier solicitud de dinero o promesa de contrato a cambio de pagos constituye un fraude y debe ser denunciada inmediatamente ante las autoridades competentes y a través de los canales oficiales del Ministerio. El correo habilitado para denuncias es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Frente a las recientes decisiones judiciales que ordenan la vinculación masiva de personas en listas de elegibles, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN advirtió que son material y jurídicamente imposibles de cumplir y constituyen una invasión a las competencias legales de la Entidad.

Las acciones de tutela en curso han ordenado el uso indiscriminado de listas de elegibles, incluso en perfiles ya fortalecidos con concursos anteriores, o en empleos distintos a los requeridos por la Entidad. Estas decisiones desconocen la planeación institucional, al obligar a nombrar personas que ocupan los últimos lugares de las listas, usar vacantes previstas en concursos futuros y afectar la distribución que, por ley, es competencia del Director General de la DIAN.

Adicionalmente, algunos jueces han extendido sus decisiones a personas que no hicieron parte del proceso, algo que solo puede hacer la Corte Constitucional[1]. Estas actuaciones son desconcertantes pues impiden que la DIAN administre su propio talento humano y pueden llegar a obstaculizar el desarrollo de su misión técnica al asignar personas que no tienen el perfil requerido para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Entidad.

Cumplir las órdenes en los términos impuestos implicaría desvincular a 395 funcionarios provisionales, abrir la puerta a demandas millonarias contra el Estado y poner en riesgo la continuidad de los procesos misionales de recaudo y fiscalización. A ello se suma que los plazos fijados por los jueces (48 horas) desconocen los trámites legales y el debido proceso de los funcionarios afectados, algunos de los cuales son sujetos de especial protección constitucional.

La DIAN elevó consultas a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado manifestando que existe imposibilidad material y jurídica para efectuar los nombramientos y advierte que decisiones judiciales de este tipo desconocen el régimen especial de carrera de la Entidad y ponen en riesgo la planeación institucional y la sostenibilidad fiscal del país.

Asimismo, la entidad hizo un llamado al Consejo Superior de la Judicatura para que capacite a los jueces en la estructura administrativa y normativa de la DIAN, y a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que actúe como garante del proceso de provisión de empleos conforme a la ley y al mérito.

La DIAN está comprometida con el mérito como principio axial de la Constitución Política de Colombia, especialmente en lo que respecta al acceso a la función pública.

Prueba de ello es que en los últimos cinco años se han realizado 3 concursos de mérito, y uno más se encuentra en curso, de los cuales se ha derivado la vinculación de 6.391 funcionarios en vacantes ofertadas y 3.272 en vacantes no ofertadas que han sido posesionados mediante el mecanismo de uso de listas de elegibles.

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